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Los padres chilenos también tendrán derecho a la Sala cuna

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Durante la jornada de hoy miércoles, el Senado aprobó el proyecto de ley que amplía el derecho a sala cuna a los trabajadores varones que tengan la custodia legal de sus hijos menores de dos años. Una importante noticia que confirma la importancia del rol paterno en la primera infancia de los niños.

La iniciativa, que ya quedó lista para la firma de la Presidenta de la República, permite modificar el Código del Trabajo reconociendo el derecho a la paternidad dentro del marco legal laboral. Esto significa que podría disminuirse considerablemente los casos de discriminación de género por razones de costo y, en consecuencia con esto, no habrá grandes diferencias económicas entre tener a una mujer o a un hombre que desempeñe funciones similares.

La ministra del Servicio Nacional de la Mujer (SERNAM), Carmen Andrade, destacó la aprobación de esta nueva ley ya que establece el concepto de corresponsabilidad de hombres y mujeres en el cuidado de los niños, finiquitando así la división cultural de funciones que asignaba la crianza a la madre y el trabajo puertas afuera para el padre.

“Lo que este proyecto hace es que reconoce que aquellos hombres que tienen la tuición de los niños, van a tener el mismo derecho que hoy tienen las mujeres que trabajan en empresas de más de veinte personas, por lo tanto, estamos extendiendo un derechos también a los hombres. Hoy quienes pueden ejercer esos derechos son las mujeres trabajadores, pero para los hombres no estaba reconocido y eso es lo que este proyecto corrige”, señaló Andrade.

El post-natal masculino y otros derechos en el Código Laboral

Ya en el 2005 la opinión pública supo de la aprobación del post-natal masculino, el cual actualmente beneficia a cerca de 150 mil padres, quienes por ley gozan de un descanso de cinco días para estar con sus hijos recién nacidos, con sueldo incluido. Este beneficio es extensivo además a aquellos hombres que optaron por adoptar un niño.

Antes de esa iniciativa, el Código del Trabajo ya establecía en el artículo 195, del título referido a la protección a la maternidad, que las mujeres podían tomarse un pre-natal de seis semanas y un post-natal de doce semanas. Desde el 2005, en el mismo artículo se agregó el apartado sobre el post-natal masculino, haciendo irrenunciable este derecho.

Asimismo, el artículo 203 obligaba a las empresas de más de 20 trabajadoras habilitar salas cunas para el cuidado de sus hijos y poder alimentarlos con tranquilidad, teniendo la infraestructura y personal adecuados para albergar a los lactantes.

Sin embargo, ya había un antecedente de la reciente aprobación de la ley de uso de sala cuna para padres con custodia legal; el artículo 199 permitía a los padres ausentarse de su trabajo por algunos días si su hijo menor de un año presentara problemas de salud, siempre que él tuviera la custodia legal. Todo esto comprobado con certificado médico.

Pero con esta ley recientemente aprobada, el padre tendrá el mismo rol que la madre en cuanto al cuidado de sus hijos. Dejando en claro que la legislación laboral chilena reconoce finalmente la paternidad como una condición natural del trabajador, lo cual incidirá en la reducción de los casos de despidos por discriminación de género.

Fuentes: Radio Universidad de Chile, Dirección del Trabajo, La Tercera
Foto: @Michele Mondora

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